miércoles, 19 de noviembre de 2014

Primer Monumento Histórico demolido tras controvertida Ley 30230

Fachada del Jr. Huallaga, 731 al 745, Monumento de la Nación, hace unos meses.
Se veía venir. Si bien en las últimas semanas ya sabíamos de la demolición de la histórica vivienda en la cuadra siete del jirón Huallaga, no fue hasta poner esta acción en el contexto de la norma legal que podemos concluir que, efectivamente, se trata del primer monumento de la nación que se demuele tras la entrada en vigencia de la Ley 30230 de estímulo a la inversión privada.

Es posible que las autoridades señalen que se trató de una simple coincidencia. Pero antes de que se publicara la ley todavía existía la condición de autorización “previa” del ministerio de Cultura a cualquier intervención en bienes históricos. Al eliminarse esa condición, y dado el contexto legal en que se encontraba la propiedad, la acción fue inmediata.

El ministerio de Cultura dirá que ahí ya no se podía hacer nada porque había una orden de demolición. Esa es una perversión del sistema que debe corregirse.

Que un juez, sin formación alguna en este campo, pueda decidir cuándo uno de nuestros monumentos deja de serlo, es un elemento que vulnera todo el patrimonio del país. Para hacer la situación más grave, la decisión judicial afecta un bien de toda la nación en beneficio de un empresario, con fines puramente comerciales.

Estado de conservación del primer patio de la casona.
Y es aquí cuando los excesos del mercado adquieren su rostro más grotesco. La presión que viene del Mercado Central va avanzando con la destrucción de patrimonio en Barrios Altos y zonas aledañas. El terreno en cuestión, de unos mil metros cuadrados, tiene un valor de unos tres millones de dólares.

¿Qué se está haciendo para equilibrar la balanza? Hoy tenemos la primera propiedad demolida bajo la vigencia de la nueva ley. ¿Cuántas más caerán?

Fueron nueve años de procesos judiciales y el ministerio, al final, no pudo proteger un monumento. Varias fuentes acusan al propietario, Ricardo Wong Kuoman, de haber acelerado extrañamente una serie de procesos, pero no existen pruebas para ello.

En todo caso el mismo Wong Kuoman es un personaje controvertido. En su momento, este hijo de inmigrantes chinos fue un mega importador de material pirotécnico. En el 2002 fue vinculado, y absuelto, del incendio de Mesa Redonda ocurrido en diciembre del año anterior, en el que murieron 277 personas. En 2006 fue candidato presidencial y se presenta como empresario constructor. Hoy, debe sentirse un empresario poderoso.

Ricardo Wong Kuoman, tomado de un video autopromocional en YouTube.
Aquí por primera vez se presenta una cronología básica de la historia de esta propiedad y del litigio que llevó a su destrucción. Una lectura detallada nos da una idea más clara que la debilidad institucional que existe para la protección de nuestro patrimonio fue determinante en su destrucción.

Para ello conté con tres fuentes importantes:
  • Documentos oficiales cedidos por un funcionario del ministerio de Cultura, que pidió mantener su anonimato.
  • Copia del informe preliminar de la arquitecta Patricia Días, directora de PROLIMA quien hace nueve años, como profesional independiente, trabajó para Ricardo Wong.
  • Información oficial disponible en internet.
Es necesario aclarar que al preguntarle a la arquitecta Días por un posible conflicto de intereses, ella fue contundente en señalar que “luego de la decisión del INC de rechazar el proyecto y después de enterarme que Wong había decidido demoler la casa, renuncié oficialmente al proyecto. No iba a sacarle al dueño una licencia para demoler”.

Para mí la pregunta que queda en el aire rancio de esta mala negociación es: ¿Quién o qué es responsable? Hemos perdido un monumento, y no pasa nada?

Aquí la cronología, que también por primera vez muestra imágenes interiores de esa vivienda única.

Vista del primer patio desde la entrada.
CRONOLOGÍA:

Siglo XVII: Predio forma parte del Colegio y Convento de Santo Tomás, que posee el único claustro circular del país y uno de los pocos que quedan en América.

Siglo XIX: Predio sufre una serie de modificaciones y adaptaciones a vivienda familiar.

1980: INC prepara expediente de la casona: “testimonio singular de la arquitectura colonial y republicana de Lima (…) y mantiene sus valores arquitectónicos, históricos, urbanísticos, a pesar del deterioro; situación que puede ser revertida con una adecuada restauración”.

1980-julio: Predio es declarado Monumento mediante la RM Nº 0928-80-ED.

1997: Se produce un incendio en la zona derecha del patio principal.

1998: Resolución de Alcaldía N° 3758-1998, la declara Finca Ruinosa.

2003: Decreto de Alcaldía N° 161, la declara en riesgo de colapso.

2005: Ricardo Wong Kuoman, compra la propiedad y decide construir una galería comercial. Solicita al INC el retiro de la condición de bien cultural del inmueble.

2005-noviembre: INC ajusta la protección, al otorgar al inmueble la calificación de “Primer Orden” (Certificado 030-2005-P). Esta se da a “inmuebles altamente representativos de una época histórica, que se caracteriza por contener indiscutibles calidades arquitectónicas…”.

2005: Anteproyecto de la arquitecta Patricia Días, a nombre de su cliente Ricardo Wong, incluye párrafos:
  • Daños severos a la estructura del inmueble.
  • Un problema muy serio de seguridad para estas personas.
  • Muchas áreas tienen un alto riesgo de colapso.
  • Se plantea la conservación del inmueble en la zona principal (primer patio)
  • (Sobre el segundo patio:) Se plantea la demolición de esta zona (…) a fin de permitir la incorporación de obra nueva que posibilite un uso racional del inmueble.
2006-febrero: INC declara improcedente el pedido (RDN Nº 173/INC, 3 de febrero), y dispone que el propietario es responsable de la conservación (art.3). Además, se pidió un proyecto de restauración e intervención integral del bien (art.2).

2006-marzo: Santa Catalina SAC demanda al INC (Sexto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo) por rechazar su solicitud.

2006: La empresa presenta el informe de un ingeniero, sin ninguna formación en estructuras históricas, el que concluye que la vivienda no se puede recuperar y que tiene que demolerse. Varias fuentes indican que de eso se vale el poder judicial para ordenar su demolición.

Sector del segundo patio.
2009-junio: El Sexto Juzgado Especializado declara fundada la demanda (Resolución Nº 18, 8 de junio). Ordena al INC que retire la condición de Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble citado, y deje sin efecto los artículos 2º y 3º de la resolución 173.

2011-enero: En segunda instancia judicial (Resolución Nº 12, 20 de enero), se confirma la sentencia anterior.

2012-marzo: El 22 de marzo la Corte Suprema (Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente) declara infundado el recurso de anulación de sentencia interpuesto por el ministerio de Cultura y confirma las sentencias previas.

2012-junio: Ministerio de Cultura acata lo dispuesto y retira la condición de bien integrante del Patrimonio Cultural al inmueble.

2012-julio: Juzgado considera que esto no cumple con el mandato judicial, “desaprueba” decisión del ministerio y por resolución 23 ordena retirar la condición cultural y declarar que no existe responsabilidad de los administrados por no haber realizado acciones preventivas de seguridad.

2012-julio: Informe Técnico 952, de la arquitecta María Eugenia Córdova, de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del ministerio de Cultura, incluye párrafos:
  • La sentencia del 8 junio 2009, señala que no es posible la rehabilitación del inmueble por ser esta muy costosa y sobre todo por “no resolvería el tema de la seguridad para sus ocupantes”.
  • Dicha aseveración resulta totalmente subjetiva y carente de sustento real, toda vez que el factor económico no puede ni debe constituir un condicionante para solicitar o justificar una demolición, o el retiro de la condición de cultural de un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, cuyo valor es incalculable…”
  • Es importante señalar que si bien el inmueble presenta deterioro generalizado debido a la falta de mantenimiento, los sectores con daños de importancia constituyen un pequeño porcentaje del inmueble y no presentan la condición de colapso inminente…
2013-abril: La Procuraduría Pública del ministerio de Cultura apela la resolución judicial. En tanto, el predio mantiene la condición de bien perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación, y no puede intervenirse en él sin la (previa) autorización del Ministerio de Cultura.

2013: Ministerio de Cultura invoca a las autoridades judiciales y al propietario a contribuir con la preservación del inmueble. Su pérdida, dice un comunicado, significaría un inmenso atentado contra el Patrimonio Cultural de la Nación y de la Humanidad, al formar parte del Patrimonio Mundial reconocido por la UNESCO.


Casona, historia, memoria, monumento, demolidos el 22 de octubre. Foto: Miguel Angel Pozo.
2014-enero: Informe del 23 enero, de David de Lambarri, entonces Director de Patrimonio Histórico del ministerio de Cultura, al Fiscal Adjunto de la 12ª Fiscalía Provincial de Lima. Incluye párrafo:
  • El inmueble no solo es patrimonio cultural de la nación sino además, un bien de Primer Orden. “No se trata de un inmueble cualquiera, sino de uno altamente representativo y valioso para la sociedad”
Mayo: David de Lambarri es cesado de sus funciones en el ministerio de Cultura.

22 julio: Municipalidad de Lima aprueba demolición del inmueble.

28 julio: Presidente Ollanta Humala aprueba la Ley 30230, de simplificación de trámites para el estímulo de la inversión privada. En el capítulo IV, de estímulo a la inversión inmobiliaria, se elimina la autorización previa del ministerio de Cultura para intervenir todo bien histórico (post 1532).

10 octubre: Ministra de Cultura, Diana Álvarez Calderón, firma resolución 364 que adecúa procedimientos internos a lo estipulado en la ley 30230.

16 octubre: Incendio de casona en la Plaza Dos de Mayo.

22 octubre: Casona del Jr. Huallaga 731-745 es finalmente demolida.

12 noviembre: Patricia Días, hoy directora de PROLIMA, la Oficina del Centro Histórico, declara en entrevista con este blog que la demolición “ha sentado un precedente gravísimo”.

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Haga clic aquí para ver una galería de imágenes de la casona antes de la demolición.
 

23 comentarios:

  1. Pan para hoy (para algunos), hambre para mañana (para todos).

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    1. Un panorama desolador, si el mismo poder judicial no ayuda a proteger.

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  2. Yo no renuncié al proyecto al ver que no iba a poder sacar una licencia para demoler. Yo renuncié al proyecto porque no estaba de acuerdo con la demolición. Por otro lado no estoy de acuerdo con que manifiestes que la demolición ha sido producida por la ley 30230. No tiene nada que ver y me parece que la información está un poco distorsionada.

    Patricia Días.

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    1. Gracias, Patricia. Quizás no sea una consecuencia directa pero la esencia del problema es que, incluso con la ley, el ministerio no pudo salvar un monumento nacional. Qué podemos esperar ahora que su autoridad parece reducida?

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    2. No creo que sea así. La autoridad del Ministerio no ha sido reducida con la Ley. De todas maneras es necesaria la autorización de Ministerio para cualquier proyecto. El problema es como se va a dar esta revisión en provincias donde no hay entes colegiados. Eso si lo tiene que ver el Ministerio.
      En lo que se refiere al inmueble demolido, me parece que no se puede desinformar y presentar el tema aprovechando una coyuntura mediática de mi condición de Gerente de Prolima. Yo elaboré en el 2005, en mi calidad de profesional independiente un anteproyecto que planteaba la conservación de un 60% del inmueble (primer crujía, patio, primer salón, segundo salón). Sin embargo el entonces INC, decidió que se debía conservar la totalidad del inmueble por cuanto la zona posterior, (que se encontraba en muy mal estado y había perdido su capacidad estructural), habría formado parte de Colegio de Santo Tomás. El propietario decidió no continuar y yo renuncié. No supe mas del proyecto hasta que me enteré de que se le quitó la condición de monumento por el Poder Judicial. Lo que no mencionas es que esta situación no fue defendida por la procuraduría del Ministerio que por razones inexplicables no asistieron al juicio lo que dió pie a que el Poder Judicial dispusiera que se quite la condición de Patrimonio Cultural. Solo se limitaron a apelar cuando ya se había dado la sentencia y no fue aceptado.
      En abril del 2013 ya se había quitado la condición de patrimonio cultural y ya no necesitaba la autorización previa del Ministerio. Por lo tanto

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  3. Por fin se deja atrás al perro del Orteláno que no come ni deja comer, con decir “inmuebles altamente representativos de una época histórica, que se caracteriza por contener indiscutibles calidades arquitectónicas…”. se pretende conserva una serie de casas ruinosas que dan mal aspecto pues nadie puede arreglarlas y que estén así hasta el fin de sus días.

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    1. No es una situación ideal, sin duda. Que este proceso haya tomado nueve años también demuestra que hay puntos muertos de los que se aprovechan algunos jueces y abogados para llegar a esto. La demolición completa de un monumento nunca debería ser una salida. A menos, obviamente, que hayamos perdido toda noción de lo que es un país civilizado. O aspirar a ser uno.

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    2. La insensibilidad por nuestro pasado y por otra manera de entender la arquitectura y el urbanismo y por que no decir urbanidad lleva a declaraciones de este tipo argumentando que se trata declaraciones del tipo del perro del hortelano. Por si acaso hortelano se escribe con H

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  4. Estimado Javier, agradezco tu valiosa y sustanciada información que compartes. Por tu liderazgo y compromiso en defensa de nuestra identidad cultural y memoria histórica, así como por forjar el concepto de LIMA MILENARIA, y motivar la acción ciudadana e institucional en su defensa; tienes los valores culturales, patrióticos y cívicos para Liderar una campaña a nivel nacional e internacional para declarar PERSONA NO GRATA A LA CULTURA PERUANA, a la ministra del sector , por no saber defender nuestro Patrimonio Cultural material e inmaterial, a los miembros de la comisión de Cultura del Congreso de la República por viabilizar este legicidio cultural y al Presidente por no observar la Ley 30230. Esta sugerencia, puede hacerlos reflexionar y corregir la Ley o de no ser así, quedar VISIBILIZADOS y REGISTRADOS para la historia como los funcionarios que desde sus cargos públicos temporales traicionaron y subastaron nuestra herencia cultural. José Zumaita Cevallos.

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    1. Gracias, don José. La verdad que no soy de buscar las cabezas de nadie. Prefiero exigir a los que estén ahí mientras estén. Esa es su obligación y su trabajo. Sospecho que el tema de Cultura en nuestro país en este momento pasa más por nosotros, ciudadanos, q sepamos insistir.

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  5. Tienes toda la razón Javier. Una absoluta tragedia y una vergüenza. Sigue con tu lucha. Te apoyamos todos los que queremos al Perú y a su historia.
    Un abrazo.
    Fernando Palazuelo
    Arte Express

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  6. Hola Javier, es realmente lamentable y prácticamente una tragedia lo que ha pasado con esta histórica e interesante casona de Barrios Altos. Al contrario de lo que dice la arquitecta Días creo que la demolición si ha tenido que ver con la aprobación de esa nefasta ley, que no ha sido hecha para que vecinos de quinta puedan arreglar sin burocracia del ministerio sus cañerías o techumbres si no para que poderosos empresarios puedan usar a su gusto los TERRENOS ¿que es lo que el mercado valoriza no? para puro y simple lucro. Creo que ahora mas que nunca habría que coordinar acciones porque con la presión inmobiliaria y con las recientes autoridades elegidas se vislumbra un panorama sombrío en este aspecto. Una pena que siga habiendo gente que considere "progreso" la demolición de los edificios históricos del centro de Lima ¿es que acaso la condición de Patrimoio de la Humanidad dada por la UNESCO no les significa nada? Pero no hay que dejarse amilanar, hay que unir todos los esfuerzos que podamos y seguir adelante en la protección de nuestro gran patrimonio arqueológico e histórico

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    1. Así es José Luis, muchas veces olvidamos que como ciudadanos tenemos o deberíamos tener impacto sobre políticos y autoridades.

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  7. Increíble tu articulo Javier! Un pseudo-ingeniero (con no se qué tipo de argumentos) puede hacer que el Poder Judicial obligue al Ministerio de Cultura a retirar la condición de bien patrimonial a la Casona? Simplemente "De terror". Y en el 2012 se deja completamente desprotegido dicho espacio histórico, a merced de lo peor: es decir, su presagiada demolición.

    Investigaciones como las tuyas Javier solo nos hacen estar siempre alertas y consolidar fuerzas para que las redes sean nuestra tribuna de reclamos, nuestra voz de protesta frente a una abominable estampida que pretende borrar nuestra historia; nuestra memoria.

    Vladimir Velásquez
    Lima Antigua

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    1. El ministerio debería estar trabajando en cerrar estos vacíos de la ley que permiten tales despropósitos. Gracias, Vladimir.

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  8. Excelente post y lamentable destrucción del patrimonio histórico.
    Una vergûenza para la ciudad este tipo de situaciones, que denota la poca educación y pocos valores de la sociedad. Todo gira en base al lucro. Esa casona pudo ser restaurada.

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  9. El título es sensacionalista, porque la demolición de este inmueble monumento, se dio antes de la Ley, pero entiendo que como periodista quieras generar controversia para tener más lectores y si con ello se destapa el poco apoyo que otorga el Estado al patrimonio edificado, tu artículo me parece súper!!!
    Me gustaría informar que la responsabilidad de que se demuela y que todo se venga abajo es del MEF, que no permite que el Ministerio de Cultura y/o la Municipalidad puedan invertir en inmueble declarados PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION... entonces la pregunta del millón ¿para qué diablos los declaran?, y acaso el Gobierno Central cumple con su compromiso internacional de preservar los inmuebles que conforman el PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD en el caso de Arequipa, Cusco y Lima... en donde está el apoyo del Gobierno??? MEF porque no permites la inversión del Estado en estos inmuebles??? Queremos soluciones y no trabas!!

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  10. Hola, tengo un registro videografico que hice dias antes que se tumbaran el segundo piso de esta casa, se puede escuchar el sonido de martilleos y golpes que hacian los desmanteladores para llevarse los tablones, rejas, puertas y ventanas d ela casa:
    https://www.facebook.com/video.php?v=839628696055702&set=vb.100000257372953&type=3&theater

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    1. Qué triste observar eso pero un buen documento. Gracias por compartirlo, Iván

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  11. Estimado señor periodista:

    Considero que sería bueno que en la cronología de la defensa de la casona, se incorporase las acciones judiciales que inició la 12a. Fiscalía Provincial Civil de Lima; puesto que, en el texto que se publica pareciera que el Arq. Lamberri emitió un informe a la mencionada Fiscalía comunicándole del caso y que ésta no hizo nada, pero si le hubieran consultado al citado Arq., él les hubiera indicado que ese informe se evacuó a pedido de la Fiscalía para ser adjuntado como prueba a la acción de amparo con el cual se pidió remover la cosa juzgada de la sentencia de la Corte Suprema que retiró la calidad de Patrimonio Cultural del a Nación al bien. La Jueza del expediente no nos concedió ninguna de las formas de medida cautelar que solicitamos y la denegatoria de cautelar paradójicamente sigue en apelación.

    De la existencia del proceso de amparo, conocían PROLIMA y la MML porque personalmente firmé el oficio comunicándoles que había un juicio de amparo en giro sobre el tema, pero la cosa siguió avanzando administrativamente. Cuando tuvimos conocimiento de los actos administrativos de la posible demolición, la Fiscalía planteó una medida cautelar fuera de proceso ante el Juez Contencioso Administrativo para que detuviera la ejecución de dichos actos que iban a dejar sin sentido cualquier defensa judicial del bien. Tampoco se nos brindó dicha cautelar, de hecho hasta ahora no hay respuesta y ya no tiene sentido porque no hay qué cautelar al ya haberse demolido.

    Considero, por estos motivos, que no sería justo que aparezca en la cronología como que la Fiscalía no hizo nada, sobre todo porque el Fiscal Adj. Prov. Civil Titular que escribe estas líneas, el otro Fiscal Titular de igual rango y una servidora de la 12a. Fiscalía Prov. Civil de Lima, los tres y únicamente los tres, tuvimos que trabajar escuchando la mofa de otros malos colegas que decían que perdíamos el tiempo ocupándonos de un bien viejo.

    Arnaldo Ramos.
    arnaldo.ramos30@gmail.com

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  12. Barrios Altos, se convertirá en tiempo no muy lejano es almacenes,incendios en casonas(quizas provocadas)para luego ser demolidas y convertirlas en almacenes, sin importarles el valor histórico de estas casonas,la casa de Felipe Pinglo,que podria convertirse en museo totalmente abandonada( no me seria extraño que se produzca un incendio y posteriormente a su demolición

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